Registraduría es responsable de custodiar y mantener un archivo de los expedientes de todos los estudiantes admitidos y matriculados en la Escuela. Implanta la reglamentación académica instituida por las autoridades de la Escuela y la legislación que aplique. Brinda a los estudiantes, facultad y público en general servicios relacionados con el proceso de matrícula, producción de documentos oficiales, certificaciones de estudio y graduación, asistencia, calificaciones y normas de aprovechamiento académico. Prepara el calendario académico, procesa cambios de notas, otorga y remueve incompletos, bajas totales y parciales y otros procesos académicos que afectan el expediente del estudiante.
El Registrador oficializa la matrícula. Todo programa de estudios tiene validez oficial con su aprobación. Los estudiantes deberán matricularse en los días y horas señaladas por la Escuela en el Calendario académico.
La matrícula será oficial cuando el estudiante haya pagado la totalidad de los derechos al oficial Recaudador de la Escuela o se haya acogido a prórroga y el programa de clase tenga la firma de el Recaudador y Registrador.
La selección de cursos que no haya sido pagada en la fecha establecida en el calendario académico como último día de pago será cancelada. Para ser admitido a clase, el/a estudiante deberá presentar a cada profesor los documentos oficiales de matrícula.
La matrícula tardía se efectuará los días señalados en el Calendario académico. El cargo por matrícula tardía será de $10.00. Para atender casos extraordinarios, el Rector podrá autorizar que se extienda la matrícula tardía.
Declaración y Cambio de Concentración
Todo estudiante de nuevo ingreso es admitido al Programa Básico. Al finalizar el primer año de estudios debe radicar una Declaración de Concentración en la Oficina de Orientación, que la remitirá a Registraduría para oficializarla.
Cuando un estudiante quiere cambiar a otro programa de estudios, deberá solicitar entrevista con la Orientadora para evaluar el impacto en sus estudios. Si opta por emprender otro programa, debe solicitar y completar la Solicitud de cambio en Orientación, que para ser oficial, debe ser radicada en Registraduría. No obstante, su admisión estará sujeta al cupo o requisitos establecidos para ese programa de estudios.
Todo estudiante de la Escuela de Artes Plásticas podrá tomar cursos en otras instituciones universitarias acreditadas, con autorización del Decano de Asuntos Académicos.
Este permiso se otorgará por un período lectivo. La carga académica no excederá los 6 créditos y se otorgará un máximo de dos permisos. En el historial académico se anotará la calificación obtenida. Solo se acreditarán cursos aprobados con calificación de C o más y que sean equivalentes a los ofrecidos en la Escuela o estén a tono con los requisitos de ésta.
Opción que le brinda al estudiante regular la oportunidad de tomar un curso mediante un acuerdo escrito con el profesor sobre la forma en que se cumplirá con los objetivos y el contenido de ese curso. Suscriben un acuerdo estipulando las actividades de aprendizaje que el estudiante se compromete a llevar a cabo de forma individual. La función del profesor será de facilitador de ese proceso de estudio. Evaluará las actividades realizadas y certificará cuándo el estudiante haya cumplido con los requisitos del curso.
Sólo podrán optar por un curso de Estudio por Acuerdo los/as candidatos a graduación que necesiten el curso. La opción estará disponible cuando por razones de falta de matrícula, la Escuela de Artes Plásticas de Puerto Rico no pueda mantener el ofrecimiento.
El Director del Departamento y Decano de Asuntos Académicos aprobarán la petición del estudiante y ratificarán el acuerdo suscrito entre las partes concernidas.
El Decano de Asuntos Académicos decidirá en casos excepcionales no contemplados en las normas académicas aquí publicadas. Podrá, de la misma manera, dispensar de la aplicación de estas normas cuando existan razones extraordinarias que lo justifiquen.
Se dará de baja administrativa (WF) a todo estudiante que nunca haya asistido a un curso, al finalizar las primeras dos semanas de clases en el semestre académico o su equivalente. El profesor, después de recibir las listas oficiales de clases, someterá por escrito los nombres de los estudiantes concernidos a la Oficina de Registraduría. Para fines administrativos, esta baja se considerará igual que las bajas solicitadas, según lo establecido en la sección de Política de Reembolso. El estudiante puede solicitar una baja oficial (W) antes de la fecha establecida en el calendario académico para remover la (WF).
Un estudiante podrá darse de baja en una o varias asignaturas hasta la fecha establecida en el calendario académico. Deberá llenar el Formulario de baja de Registraduría y entregarlo con las firmas requeridas. Cada baja aparecerá con "W" en el expediente académico del/la estudiante. De no completarse el procedimiento de baja parcial, el/la profesor/a otorgará la calificación que corresponda.
Un estudiante puede darse de baja total de la Escuela en cualquier momento durante el semestre hasta el último día de clases. Si la baja está debidamente autorizada, el estudiante no recibirá calificación por el trabajo realizado en el semestre. Se le anotará "W" en todos los cursos en los cuales se registró durante la matrícula. No se procesarán bajas totales a estudiantes deudores. Para procesar una baja total, el estudiante debe entregar a Registraduría el Formulario de Baja total con todas las firmas requeridas.
En ambas situaciones, bajas totales o parciales, se requiere que el estudiante haya satisfecho todas las obligaciones económicas que tuviera pendientes. Si el estudiante se retira sin cumplir estos requisitos recibirá la calificación de "F" en los cursos matriculados.